Impuestos y SATFederalVerificada el 17 de octubre de 2026
Revisa si puedes tributar en RESICO como persona física
RESICO es el Régimen Simplificado de Confianza. Para personas físicas contempla actividades empresariales, profesionales y arrendamiento con ingresos del ejercicio anterior de hasta 3.5 millones de pesos, sujeto a los requisitos y exclusiones de la Ley del ISR.
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Paso a paso
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Revisa tu actividad y tus ingresos.
El artículo 113-E permite optar por este régimen para actividades empresariales, profesionales o uso o goce temporal de bienes. El límite del ejercicio anterior es de 3.5 millones de pesos; si inicias actividades, revisa la estimación prevista en ese artículo.
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Comprueba los requisitos y exclusiones.
Debes estar activo en el RFC y al corriente, y no figurar en el listado definitivo del artículo 69-B. Revisa las exclusiones del artículo 113-E; para socios o accionistas existen excepciones específicas en la regla 3.13.9.
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Mantén actualizado tu RFC y tus comprobantes.
El artículo 113-G exige mantener actualizado el RFC, emitir los CFDI por tus operaciones y conservar los que amparen gastos e inversiones.
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Presenta tus pagos mensuales.
La regla 3.13.7 de la RMF 2026 indica usar la declaración ISR simplificado de confianza. Personas físicas, a más tardar el día 17 del mes siguiente, conforme a la regla 2.8.3.1. Se prellena con los CFDI del periodo.
Requisitos
- Actividad e ingresos que cumplan el artículo 113-E de la Ley del ISR
- RFC activo y cumplimiento de obligaciones fiscales
- No aparecer en el listado definitivo del artículo 69-B
- CFDI de ingresos y comprobantes de gastos e inversiones
Esta guía se refiere a personas físicas. Si además recibes salarios o intereses, la regla 3.13.8 mantiene la determinación independiente del impuesto anual de esos ingresos; la facilidad de RESICO no elimina por sí sola otras obligaciones.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el límite de ingresos?
Para las personas físicas del artículo 113-E, los ingresos del ejercicio anterior no deben exceder 3.5 millones de pesos. Si además obtienes salarios o intereses, ese artículo considera el límite conjunto de los ingresos señalados.
¿Qué tasa de ISR se aplica?
La tabla mensual del artículo 113-E establece tasas de 1% a 2.5% según los ingresos efectivamente cobrados y amparados por CFDI, sin incluir IVA ni aplicar deducciones.
¿Debo presentar declaración anual de RESICO?
En 2026, la regla 3.13.7 considera definitivos los pagos mensuales y releva de la anual únicamente por los ingresos de RESICO. Contempla opción de anual para los supuestos de las reglas 3.13.20 y 3.13.21.
¿Cuándo se presenta el pago mensual?
La regla 3.13.7 señala a más tardar el día 17 del mes siguiente al del pago, conforme a la regla 2.8.3.1.
Fuentes
- Cámara de Diputados · Ley del ISR, artículos 113-E a 113-H · consultada el 17 de octubre de 2026
- SAT · RMF 2026, reglas 3.13.7 a 3.13.9 · consultada el 17 de octubre de 2026
Información verificada el 17 de octubre de 2026. Confirma siempre en la fuente oficial antes de hacer tu trámite.